Proyecto de ley, que reemplazara la opción «Rechazo» por la opción «Reforma Constitucional»

Se lee en el proyecto del Diputado, que con la opción “rechazo”, la ciudadanía se vea obligada, a tener que quedarse con la actual Constitución de 1980, y que solo a sido sujeta a pequeñas reformas políticas.

El Diputado Gaspar Rivas Sánchez, del Partido de la Gente (Bancada Comité Partido de la Gente) comenta que su proyecto de ley, surgieron algunas voces políticas, que proponen incluir en el plebiscito de salida, una tercera opción, que se sume a la de “aprobar” o “rechazar” el nuevo texto constitucional.

El extracto de la pagina de web de la cámara de Diputados, el parlamentario propone que, en reemplazo de la opción “rechazo”, se le plantee a la ciudadanía la opción de “desechar el nuevo texto constitucional.

Para proceder a reformar la Constitución de 1980, temas que la gente exigió, mayoritariamente en la calle, en 2019”

PROYECTO DE LEY
Artículo único: Introdúzcanse las siguientes modificaciones en el artículo 142 de la Constitución Política de la República:

1.- Reemplácese el texto actual del inciso séptimo por el siguiente:
“En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta: «¿Qué desea hacer ante la propuesta de Nueva Constitución?» Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra.

La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión «Aceptar» y la segunda, la expresión «Desechar, reformando la actual Constitución», a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativa”.

2.- Reemplácese el texto actual del inciso décimo por el siguiente:
“Si en el plebiscito ratificatorio la ciudadanía se decantase por la opción de aceptar la Nueva Constitución

El Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República.

Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo Nº 100, de 17 de septiembre de 2005”.

3.- Reemplácese el texto actual del inciso duodécimo por el siguiente:
“Si en el plebiscito ratificatorio la ciudadanía se decantase por la opción de desechar la Nueva Constitución para reformar la actual Carta Fundamental, el Presidente de la República, dentro de los siguientes tres meses a la comunicación de la sentencia de proclamación del plebiscito, enviará al Congreso Nacional un mensaje para una reforma constitucional que modifique o introduzca, a lo menos, los siguientes temas: derechos sociales, recursos naturales, endeudamiento, medioambiente, igualdad de género y pueblos originarios”.

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